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Oferta motivada en un accidente de tráfico

Cuando tenemos un accidente de tráfico, hay que seguir unos sencillos pasos para reclamar a la compañía contraria los daños materiales y lesiones padecidas, y que esta emita la correspondiente oferta motivada.

Os recordamos que debemos actuar con mucha rápidez.

Tenemos un plazo de 7 días para dar parte a la compañia de un accidente de tráfico. Para tramitar tu siniestros tendrás derecho a elegir al abogado que quieras por medio de la cobertura de defensa legal de tu seguro.

accidente de tráfico
Oferta motivada en accidente de tráfico

Los pasos y plazos necesarios para obtener una oferta motivada acorde a Ley son los siguientes:

1.- Oferta obligatoria.

Las compañías deben emitir una oferta motivada en un plazo máximo de tres meses desde la reclamación del perjudicado.

Otro supuesto puede ser que la compañía en el mismo plazo no emita oferta motivada, pero sí respuesta motivada.

La respuesta motivada consiste en un documento donde la compañia justifican porque no van a realizar compensación económica.

2.- Plazo.

La oferta motivada debe ser emitida dentro de los tres meses siguientes desde que es comunicado el siniestro de accidente de tráfico a la compañía aseguradora.

En la práctica esta comunicación se produce cuando un afectado por un accidente de tráfico recibe el alta médica y está recuperado de sus lesiones. Es a partir de ahí cuando se está en posesión de toda la documentación para facilitarla a la compañía aseguradora y que esta se pronuncie.

Desde este momento es cuando empieza a computar los 3 meses de la compañia para emitir la oferta motivada.

3.- Contenido.

Tal oferta motivada debe contener, según establece la ley, los siguientes extremos:

  • Deberá incluir una oferta por los daños tanto personales o materiales debiendo expresarse de manera independiente por cada indemnización.
  • La oferta motivada contendrá de forma desglosada y detallada, todos los documentos que la compañía ha utilizado para la realización de la propuesta de indemnización.
  • Además incluirá la información relativa a que el pago ofrecido en esta indemnización no se condiciona a la renuncia de futuras acciones judiciales.

4.- La oferta en la práctica.

En la práctica las compañías aseguradoras no cumplen con estos extremos a la hora de emitir ofertas motivadas. Son abusos muy típicos de las compañias:

  • Envían un simple documento donde se ofrece una cantidad sin justificar a que conceptos se refiere.
  • Hacen los ofrecimientos por vía telefónica, sin adjuntan los informes médicos que la ley establece como obligatorios.
  • O hacer una oferta motivada con el compromiso de no acudir a la vía judicial, cuando esto es contrario a lo establecido en la Ley.

5.- Intereses.

La compañia incurrirá en mora, y deberá pagar intereses si no abona:

  • en el plazo de 3 meses desde el siniestro,
  • o a los 40 días desde la recepción de la declaración del siniestro.

La penalización por su retraso será del pago de un interés anual igual al del interés legal del dinero incrementado en el 50% por los días que excedan de estos plazos.

Desde Chacón Abogados recomendamos que ante un accidente de tráfico se pongan en contacto con nosotros para un buen asesoramiento. Te informaremos sobre todos los pasos a seguir para obtener la máxima indemnización.

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