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¿Cómo se realiza el poder «Apud Acta» electrónico?

El apoderamiento apud acta es un poder de representación procesal que se otorga a abogados y procuradores de forma gratuita y que sirve para que éstos puedan actuar en el procedimiento, en nombre del cliente o representado.

Se realiza de forma presencial en la sede del Juzgado donde se lleve a cabo el procedimiento y su alternativa más habitual es el poder notarial, con un coste de entre 30 y 70 euros, por regla general.

Ahora bien, la situación actual derivada de la crisis del Covid-19 ha puesto encima de la mesa un gran desconocido que ya existía, y que parece que ha venido para quedarse: el apoderamiento apud acta electrónico.

Pero… ¿cómo se realiza el apud acta electrónico?

Los pasos y requisitos necesarios son los siguientes:

  • Disponer de tu dni electrónico activado o un certificado digital.
  • Accede a la Sede Judicial Electrónica del Ministerio de Justicia.
  • Rellenar el formulario para realiza el apud acta electrónico.
apud acta
apud acta electrónico

1. Activa tu dni electrónico u otro certificado digital

Para realizar el apoderamiento, habrá que identificarse en la sede electrónica del Ministerio de Justicia.

En principio, el portal nos permite acceder mediante 3 vías: la Cl@ve pin, la Cl@ve permanente, y el DNIe o Certificado electrónico.

Para poder utilizar el DNIe, necesitaremos un lector, que es algo así como un aparato que se enchufa mediante USB a nuestro ordenador y que permite reconocer la identidad del chip de la tarjeta. Otra opción es que tengas instalado en tu dispositivo un certificado digital como por ejemplo el de la FNMT.

2.Accede a la Sede Judicial Electrónica

Una vez dentro de la Sede Judicial Electrónica, iremos a la pestaña de “Trámites y Servicios” y buscaremos el trámite de “Apoderamiento Apud Acta” (5ª opción empezando por arriba). Una vez en la página relativa al apoderamiento apud acta, pulsaremos sobre el botón de “Acceder al Servicio”.

Es el momento de identificarse accionando la opción “DNIe/Certificado electrónico”, donde se reconocerá la tarjeta mediante nuestro lector o el certificado instalado en tu dispositivo y se solicitará que el usuario ingrese el PIN o contraseña.

3. Realiza el apud acta electrónico

Nos encontraremos en una nueva pantalla, que es en la que se habrá de rellenar el correspondiente formulario para apoderar a los profesionales.

Has de seguir los siguientes 10 pasos:

  1. Accedemos a una nueva pantalla donde debemos elegir la opción de “Apoderamiento Apud Acta” y pulsar sobre la opción “Nuevo”.
  2. Pulsaremos “En calidad de Poderdante”, que es la persona que otorga un poder a otra.
  3. Tendremos que rellenar el formulario para introducir los datos de procurador/a. Si no dispones de alguno de sus datos personales no debes preocuparte, al introducir el Colegio profesional y el número de colegiado, la aplicación autocompletará lo demás.
  4. Deberemos pulsar el botón “Añadir apoderado”, y habremos de hacer lo mismo con los datos del abogado.
  5. Llega el momento de indicar el procedimiento. Si la demanda ya se interpuso, debemos introducir el N.I.G. (número de identificación general), que viene indicado en cualesquiera notificaciones del procedimiento de que se trate. Si no se ha interpuesto aún la demanda, tendremos que pulsar “Para cualquier actuación judicial”.
  6. Seguidamente, en el apartado de “Facultades”, elegiremos la opción “Poder general para pleitos” (o especial si se otorgan facultades especiales) y darle a “Siguiente”.
  7. Automáticamente se prevé una fecha máxima de duración del apoderamiento de 5 años, habrá que darle a “Siguiente”.
  8. Deberíamos haber llegado a una nueva pantalla en la que deberemos “Confirmar” el apoderamiento, tras lo que la aplicación nos informará de que se ha realizado correctamente.
  9. Una vez hemos finalizado el proceso, es muy importante que descarguemos el certificado y se lo hagamos llegar a nuestro abogado, que lo aportará al procedimiento por los cauces habituales.
  10. Aportado el certificado al procedimiento, ya consta acreditada la representación que tanto abogado como procurador ostentan, por lo que el Juzgado se entenderá con ellos para cualesquiera futuras diligencias.

 

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